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Constitucion española

  • Foto del escritor: Malte Stadtlander
    Malte Stadtlander
  • 4 sept 2024
  • 1 Min. de lectura

Artículo 38 de la Constitución Española. En esta materia realiza las siguientes previsiones:

“Se reconoce la libertad de empresa en el marco de la economía de mercado. Los poderes públicos garantizan y protegen su ejercicio y la defensa de la productividad, de acuerdo con las exigencias de la economía general y, en su caso, de la planificación”.

Indica dos cuestiones:

  • Los poderes públicos deben garantizar la productividad de la empresa de acuerdo con las exigencias de la economía en general y de la planificación.

  • Reconoce la libertad de empresa en el marco de una economía de mercado.

Artículo 128.2 de la Constitución Española. En este artículo se reconoce la iniciativa pública en la actividad económica. En concreto establece:

“2. Se reconoce la iniciativa pública en la actividad económica. Mediante Ley se podrá reservar al sector público recursos o servicios esenciales, especialmente en caso de monopolio y asimismo acordar la intervención de empresas cuando así lo exigiere el interés general”.

Artículo 129.2 de la Constitución Española. Este artículo atribuye a los poderes públicos la función de promover las distintas formas de participación de los trabajadores en la empresa. La previsión concreta que realiza este artículo es la siguiente:

“2. Los poderes públicos promoverán eficazmente las diversas formas de participación en la empresa y fomentarán, mediante una legislación adecuada, las sociedades cooperativas. También establecerán los medios que faciliten el acceso de los trabajadores a la propiedad de los medios de producción”.

La incidencia de la normativa comunitaria, ha supuesto para el Derecho Mercantil una proliferación de normas especiales, como son algunas de las que se citan a continuación. 

 
 
 

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